Reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales en Chile: entrada en vigencia, fundamento legal y aplicación práctica

Introducción

La reducción gradual de la jornada laboral en Chile constituye una de las modificaciones más relevantes de los últimos años en materia de derecho del trabajo. En este contexto, a partir del 26 de abril de 2026, comenzará a regir una nueva etapa de implementación de la llamada Ley de 40 Horas, disminuyendo la jornada ordinaria máxima desde 44 a 42 horas semanales. Esta medida forma parte de un proceso legal progresivo que culminará en el año 2028, cuando el límite general quede fijado en 40 horas semanales.

Más allá de su relevancia normativa, esta reforma obliga a empleadores y trabajadores a revisar la organización del tiempo de trabajo, la distribución semanal de la jornada y la correcta adecuación contractual, siempre dentro del marco legal vigente.

¿Desde cuándo rigen las 42 horas semanales?

La reducción a 42 horas semanales entra en vigencia el 26 de abril de 2026. Así lo ha precisado expresamente la Dirección del Trabajo, al indicar que en esa fecha corresponde implementar la disminución del límite de la jornada laboral semanal.

Este cambio no surge de manera aislada, sino que integra un cronograma de reducción progresiva establecido por ley:

  • Desde el 26 de abril de 2024: jornada máxima de 44 horas semanales.
  • Desde el 26 de abril de 2026: jornada máxima de 42 horas semanales.
  • Desde el 26 de abril de 2028: jornada máxima de 40 horas semanales.

¿Cuál es la ley que establece este beneficio?

La norma que establece esta reducción es la Ley N° 21.561, publicada en el Diario Oficial el 26 de abril de 2023, que modificó el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral. Esta ley incorporó un sistema de implementación gradual, de manera que la disminución de horas no operara de forma inmediata, sino en etapas sucesivas.

Por lo tanto, el beneficio de las 42 horas semanales no corresponde a una medida aislada ni transitoria, sino a una fase concreta de ejecución de una reforma legal estructural en materia laboral.

Aplicación práctica de la reducción de jornada

Desde una perspectiva práctica, la entrada en vigencia de las 42 horas implica que las empresas deberán adecuar sus jornadas ordinarias para respetar el nuevo máximo legal. La Dirección del Trabajo ha señalado que esta rebaja debe implementarse, en primer término, de común acuerdo entre las partes. Si dicho acuerdo no existe, el empleador deberá realizar la adecuación conforme a las reglas legales, distribuyendo proporcionalmente la reducción dentro de la jornada semanal.

Un aspecto especialmente importante es que la reducción de jornada no puede ser imputada al tiempo de colación. La doctrina administrativa de la Dirección del Trabajo ha sido clara al señalar que el tiempo destinado a colación tiene una finalidad distinta, de modo que la rebaja horaria debe reflejarse efectivamente en el inicio o término de la jornada, según corresponda.

En otras palabras, no basta con mantener el mismo horario efectivo de trabajo y absorber la reducción dentro del descanso de colación, pues ello contraviene el sentido y finalidad de la ley.

Efectos para empleadores y trabajadores

La entrada en vigor de las 42 horas semanales exige a las empresas revisar, entre otras materias:

  • la distribución diaria y semanal de la jornada;
  • la eventual necesidad de ajustar anexos o pactos laborales;
  • el respeto a los límites legales de descanso y horas extraordinarias;
  • la correcta adecuación operativa de turnos y sistemas de trabajo.

Para las personas trabajadoras, esta modificación representa un avance en la conciliación entre trabajo, vida personal y descanso, manteniéndose la protección de sus remuneraciones, dado que la finalidad de la ley es reducir la jornada sin menoscabar ingresos por esa sola causa. Esa es precisamente la lógica de la reforma gradual implementada por la Ley N° 21.561.

Conclusión

La reducción de la jornada ordinaria a 42 horas semanales, vigente desde el 26 de abril de 2026, constituye una etapa clave dentro del proceso de implementación de la Ley N° 21.561, conocida como la Ley de 40 Horas. Se trata de una modificación legal relevante, que obliga a empleadores y trabajadores a adecuar correctamente la organización del tiempo de trabajo, respetando los criterios fijados por la Dirección del Trabajo y el Código del Trabajo.

En definitiva, esta reforma no solo implica una reducción cuantitativa del tiempo de trabajo, sino también un avance en la modernización de las relaciones laborales en Chile, cuyo objetivo final será alcanzar una jornada ordinaria máxima de 40 horas semanales en 2028.

Llamado a contacto profesional

Si su empresa necesita asesoría para adecuar contratos, jornadas laborales, anexos o cumplimiento normativo conforme a la entrada en vigencia de las 42 horas semanales, es recomendable revisar oportunamente la estructura de trabajo vigente, a fin de prevenir contingencias laborales y asegurar una correcta implementación de la ley.

José Almonacid
Contador Auditor
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