Primero, una corrección importante: la medida beneficia aproximadamente a 900 mil contribuyentes, no a 900 personas.
El Servicio de Impuestos Internos amplió hasta el 30 de noviembre de 2026 el plazo para que determinados contribuyentes de menores ingresos presenten las declaraciones de renta pendientes asociadas a los Préstamos Solidarios de 2020 y 2021. Los beneficiarios serán informados directamente por el SII mediante correo electrónico. Comunicado oficial del SII.
¿Quiénes pueden acceder a esta ampliación?
La extensión está dirigida a personas que:
- Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021.
- Obtuvieron ingresos durante los años correspondientes.
- No presentaron una o más declaraciones de renta entre los años tributarios 2022 y 2026.
- Mantienen cuotas pendientes por esa falta de declaración.
- Fueron incorporadas por el SII dentro del grupo beneficiado con la prórroga.
La ampliación no debe entenderse automáticamente como un beneficio general para todos los deudores. El SII señaló que las personas beneficiadas recibirán un correo electrónico con la información correspondiente.
Por seguridad, aunque se reciba el mensaje, es recomendable ingresar directamente a sii.cl, sin utilizar enlaces incluidos en correos sospechosos.
¿La deuda fue condonada?
No. La medida:
- No elimina el Préstamo Solidario.
- No perdona automáticamente las cuotas impagas.
- No constituye una nueva devolución de impuestos.
- Solamente amplía el plazo para presentar las declaraciones faltantes y regularizar la deuda.
¿Por qué es necesario presentar la Declaración de Renta?
El Préstamo Solidario debía reintegrarse mediante cuatro cuotas anuales:
- Primera cuota: 10% del monto solicitado.
- Segunda cuota: 30%.
- Tercera cuota: 30%.
- Cuarta cuota: 30%.
Cada cuota anual no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos durante el año respectivo. Para efectuar este cálculo, aplicar las retenciones adicionales del 3% y determinar el saldo definitivo, era indispensable presentar el Formulario 22.
Si una persona omitió su declaración, el SII no pudo determinar correctamente la cuota correspondiente ni aplicar las retenciones acumuladas.
¿Qué sucede si la persona no tuvo ingresos?
Si durante uno de los años correspondientes al pago de la cuota la persona no obtuvo ingresos, esa cuota no debe cobrarse, de acuerdo con las reglas legales del beneficio.
Sin embargo, es importante revisar la propuesta del SII y regularizar la declaración pendiente para que la inexistencia de ingresos quede correctamente reflejada.
¿Cómo se realiza el trámite?
Se debe ingresar directamente a sii.cl y seguir esta ruta:
Servicios online → Declaración de Renta → Declarar Renta (F22) → Seleccionar año tributario → Revisar propuesta → Enviar declaración.
Si existen varios años tributarios pendientes entre 2022 y 2026, se deberá revisar y presentar el Formulario 22 correspondiente a cada periodo.
Antes de enviarlo, conviene comprobar:
- Los ingresos informados por empleadores o agentes retenedores.
- Las retenciones adicionales del 3%.
- El monto de la cuota calculada.
- Los abonos o pagos anteriores.
- La existencia de declaraciones pendientes de otros años.
- El resultado final del Formulario 22.
Nueva opción para declarar sin pagar
A partir del 14 de septiembre de 2026, el SII habilitará una modalidad que permitirá:
- Presentar la Declaración de Renta sin pagar inmediatamente.
- Generar un comprobante de la deuda.
- Pagar posteriormente.
- Solicitar un convenio de pago ante la Tesorería General de la República.
Esta alternativa será especialmente importante para quienes necesitan declarar, pero no disponen del dinero necesario para pagar el saldo completo en ese momento.
Antes del 14 de septiembre, esta nueva funcionalidad todavía no estará disponible, por lo que el sistema podría continuar ofreciendo únicamente las modalidades de declaración y pago habilitadas actualmente.
Posibilidad de pagar mediante convenio
Una vez generado el comprobante de deuda, el contribuyente podrá revisar las alternativas disponibles en la Tesorería General de la República y, si cumple los requisitos, solicitar un convenio para pagar en cuotas.
La declaración se presenta ante el SII, mientras que el convenio sobre la deuda girada se gestiona posteriormente ante la TGR.
Condonación de intereses y multas
El portal habilitado por el SII informa que quienes regularicen y paguen mediante la propuesta disponible por internet pueden acceder a una condonación automática del 75% de los intereses y del 70% de las multas, cuando corresponda. Portal de pago del Préstamo Solidario.
La condonación afecta los recargos asociados a la deuda; no elimina el capital correspondiente a las cuotas del préstamo.
¿Qué ocurrirá si no se regulariza antes del nuevo plazo?
Quienes deban presentar declaraciones y no regularicen su situación se exponen a:
- Determinación de las cuotas pendientes.
- Emisión de boletines o giros de cobro.
- Reajustes conforme al IPC.
- Aplicación de intereses y multas.
- Cobranza posterior por parte de la Tesorería General de la República.
Cifras oficiales
El SII informó que:
- 1.073.590 personas no habían presentado una o más declaraciones obligatorias entre 2022 y 2026, pese a registrar ingresos.
- La deuda involucrada supera los $553 mil millones.
- 1.857.380 personas solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021.
- 127.946 personas registraron el pago total del beneficio durante el periodo 2022–2026.
- A 427.938 contribuyentes que cumplieron anualmente con sus cuotas se les condonó el saldo final permitido por la ley. Antecedentes oficiales del SII.
Por lo tanto, no sería preciso afirmar que “más de 100 mil deudores regularizaron su situación después del anuncio”. La cifra oficial de 127.946 corresponde a personas que registraron el pago total durante el periodo 2022–2026, no necesariamente después de esta ampliación.
Ejemplo práctico
Una persona solicitó el Préstamo Solidario en 2021 y no presentó su Declaración de Renta del año tributario 2024:
- Ingresa al SII y selecciona el año tributario 2024.
- Revisa la propuesta del Formulario 22.
- El sistema calcula la cuota aplicable según sus ingresos.
- Se descuentan las retenciones adicionales del 3% que correspondan.
- Si queda una diferencia, puede pagarla inmediatamente.
- Desde el 14 de septiembre de 2026 también podrá declarar sin pagar, generar la deuda y posteriormente solicitar un convenio en TGR.
La fecha límite para los contribuyentes beneficiados y notificados por el SII será el 30 de noviembre de 2026.
