La economía de los influencers en Chile: más declarantes, mayor fiscalización y un mercado digital en expansión

La creación de contenido en redes sociales dejó de ser una actividad informal o meramente recreativa. Para miles de personas en Chile representa una fuente habitual de ingresos mediante publicidad, suscripciones, membresías, pagos de plataformas, canjes y colaboraciones comerciales.

Según los resultados de la Operación Renta 2025 informados por el Servicio de Impuestos Internos, el número de influencers y creadores de contenido que presentó su declaración anual aumentó considerablemente, al igual que los impuestos determinados.

Principales cifras

IndicadorOperación Renta 2024Operación Renta 2025
Influencers monitoreadosAproximadamente 17.00031.595
Declarantes de renta4.6799.752
Nuevos declarantes1.5542.939
Contribuyentes con impuestos por pagar395846
Impuestos determinados$913.977.884$1.387.638.166
Cumplimiento entre los obligados68%76,1%

Los impuestos por pagar crecieron un 52%, mientras que el número total de declarantes aumentó en más del doble. Sin embargo, debe precisarse que no todos los 9.752 declarantes tuvieron que pagar: solamente 846 contribuyentes registraron un saldo de impuesto por pagar, mientras que 7.270 solicitaron devolución. Resultados oficiales del SII.

¿Qué considera ingreso el SII?

Un influencer o creador de contenido debe declarar los beneficios económicos que obtenga por actividades como:

  • Publicidad o promoción de productos.
  • Videos, fotografías, transmisiones o publicaciones patrocinadas.
  • Pagos efectuados por YouTube, TikTok, Twitch, Instagram, OnlyFans u otras plataformas.
  • Suscripciones, membresías y aportes de seguidores.
  • Comisiones por ventas o enlaces de afiliados.
  • Canjes de productos o servicios entregados como remuneración.
  • Regalos asociados a una campaña publicitaria.
  • Pagos recibidos desde plataformas o empresas extranjeras.

Los canjes también pueden constituir renta. Si una empresa entrega un teléfono, un viaje, estadía, vestuario u otro producto a cambio de publicidad, debe considerarse su valor comercial, aunque el creador no haya recibido dinero en efectivo.

Obligaciones tributarias durante 2026

Cuando el creador trabaja personalmente y de manera independiente, normalmente debe:

  1. Iniciar actividades como persona natural en Segunda Categoría.
  2. Emitir boletas de honorarios electrónicas.
  3. Declarar y pagar la retención mensual cuando el receptor no la haya efectuado.
  4. Presentar el Formulario 29 cuando corresponda.
  5. Incorporar sus ingresos en el Formulario 22 anual.
  6. Pagar las cotizaciones previsionales aplicables a trabajadores independientes.

Desde el 1 de enero de 2026, la retención de las boletas de honorarios es de 15,25%. Esta tasa continuará aumentando hasta llegar al 17% en 2028. Tasa oficial de retención 2026.

Pagos recibidos mediante plataformas digitales

La Resolución Exenta SII N.º 128 de 2025 estableció instrucciones especiales para los creadores de contenido que reciben pagos mediante plataformas digitales.

En esos casos, la boleta de honorarios debe:

  • Emitirse en la fecha en que se recibe el pago.
  • Emitirse a nombre de “Usuarios de Plataformas Digitales”.
  • Utilizar el RUT genérico 44.444.447-9.
  • Indicar en la glosa el nombre de la plataforma.
  • Considerar el monto efectivamente recibido, descontada la comisión cobrada por la plataforma.
  • Convertir el pago utilizando el tipo de cambio correspondiente a la fecha de recepción cuando se haya pagado en moneda extranjera.

El creador deberá declarar y pagar el PPM mediante el Formulario 29 cuando no exista una empresa chilena obligada a efectuar la retención. Resolución Exenta SII N.º 128 de 2025.

¿Qué ocurre cuando existe una organización empresarial?

Si el influencer cuenta con trabajadores, oficina, equipamiento profesional, producción audiovisual organizada o una estructura comercial permanente, el SII podría considerar que desarrolla una actividad empresarial.

En ese escenario correspondería:

  • Iniciar actividades en Primera Categoría.
  • Emitir facturas o boletas de ventas y servicios.
  • Aplicar IVA cuando corresponda.
  • Llevar contabilidad.
  • Declarar mensualmente mediante el Formulario 29.
  • Presentar la declaración anual de renta y las declaraciones juradas correspondientes.

La clasificación no depende solamente del número de seguidores, sino de la forma real en que se organiza y desarrolla la actividad.

Gastos que pueden rebajarse

Quienes tributan en Segunda Categoría pueden optar por:

  • El gasto presunto equivalente al 30% de los ingresos brutos anuales, con el límite legal de 15 UTA; o
  • Los gastos efectivos necesarios para generar la renta, siempre que estén debidamente acreditados.

Entre los gastos efectivos podrían encontrarse cámaras, micrófonos, iluminación, edición, conexión a internet, publicidad, arriendo de estudio y servicios profesionales, siempre que exista relación con la actividad y documentación tributaria suficiente.

Una fiscalización cada vez más tecnológica

El SII está cruzando diferentes fuentes de información:

  • Declaraciones juradas de empresas y plataformas.
  • Boletas de honorarios y facturas emitidas.
  • Movimientos y abonos bancarios informados.
  • Actividad comercial visible en redes sociales.
  • Publicaciones patrocinadas, colaboraciones y campañas.
  • Antecedentes proporcionados por plataformas extranjeras.
  • Estimaciones de ingresos según actividad, audiencia y monetización.

En el proceso citado, 471 influencers obligados no presentaron su declaración, quedando expuestos a revisiones, intereses y multas que pueden alcanzar hasta el 30% de los impuestos no declarados.

Conclusión

El crecimiento de los declarantes constituye una señal positiva de formalización, pero también demuestra que el SII dispone de más herramientas para identificar ingresos digitales no informados.

Para los influencers, el principal riesgo ya no es solamente no declarar. También puede existir incumplimiento por emitir incorrectamente los documentos tributarios, omitir canjes, no registrar pagos extranjeros, elegir una categoría tributaria inadecuada o no respaldar debidamente los gastos.

En Chile, generar contenido puede comenzar como una actividad personal, pero cuando produce ingresos se transforma en una actividad económica sujeta a obligaciones tributarias.