La iniciativa no busca establecer una jornada permanente de 52 horas, sino permitir semanas más extensas en períodos de alta actividad, compensadas posteriormente con jornadas reducidas o descansos. Su aplicación dependerá de una futura modificación legal que aún debe ser presentada y aprobada por el Congreso.
Una nueva propuesta laboral ha generado inquietud entre trabajadores, empleadores y especialistas. Se trata de la posibilidad de distribuir la jornada de trabajo en períodos más largos, permitiendo que, durante determinadas semanas, una persona pueda trabajar hasta 52 horas, considerando conjuntamente las horas ordinarias y extraordinarias.
Pese a los titulares que han circulado, no se ha aprobado una jornada ordinaria permanente de 52 horas. La propuesta fue incluida en el informe de la Mesa de Reactivación Laboral, entregado al Ministerio del Trabajo a fines de junio de 2026, y actualmente corresponde solamente a una recomendación técnica que el Gobierno se encuentra evaluando.
¿En qué consiste realmente la propuesta?
Actualmente, la Ley N.º 21.561 permite que la jornada ordinaria se distribuya sobre la base de un promedio semanal dentro de un ciclo de hasta cuatro semanas.
La Mesa de Reactivación Laboral propone ampliar ese período de cálculo a:
- Un promedio cercano a 15 semanas, utilizado como referencia en países de la OCDE; o
- Un período de hasta 52 semanas, es decir, un año completo.
De esta manera, una empresa podría concentrar más horas de trabajo durante semanas de alta demanda y reducirlas durante períodos de menor actividad, manteniendo al final del ciclo el promedio legal correspondiente.
La idea funciona como una especie de banco o compensación de horas:
En una temporada de mayor trabajo, el dependiente podría cumplir una jornada superior al promedio. Posteriormente, esas horas deberían compensarse con semanas más breves, días libres o una menor carga horaria.
¿Significa que Chile abandonará la Ley de 40 Horas?
No. El Gobierno ha señalado que pretende mantener el calendario de reducción de la jornada laboral.
Desde el 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima se redujo a 42 horas semanales. La rebaja definitiva a 40 horas debe comenzar a regir en abril de 2028.
El ministro del Trabajo, Tomás Rau, afirmó que la jornada legal no se aumentaría a 52 horas y que el cambio estaría relacionado con el período utilizado para calcular el promedio, no con la eliminación de la Ley de 40 Horas.
Por lo tanto, las 52 horas serían un límite excepcional en determinadas semanas, incluyendo horas extraordinarias, y no la nueva jornada ordinaria permanente del país.
Ejemplo práctico
Supongamos que, en el futuro, se autorizara un ciclo anual y la jornada promedio aplicable fuera de 40 horas:
| Período | Jornada semanal |
|---|---|
| Temporada alta | 48 a 52 horas |
| Temporada normal | 40 horas |
| Temporada baja | 28 a 36 horas o descansos compensatorios |
| Promedio del ciclo | 40 horas semanales |
Esto significa que no bastaría con exigir 52 horas durante las temporadas altas. La empresa tendría que demostrar que, al terminar el ciclo autorizado, se respetó el promedio legal y que las horas adicionales fueron correctamente compensadas o pagadas según corresponda.
¿A qué empresas podría aplicarse?
La recomendación no se limita exclusivamente al comercio. El informe plantea que el nuevo sistema podría incorporarse a la regulación general de la jornada y también extenderse a contratos y sistemas especiales.
Podría resultar especialmente relevante para actividades que presentan períodos muy marcados de alta y baja demanda, por ejemplo:
Comercio y retail
- Supermercados.
- Grandes tiendas.
- Centros comerciales.
- Tiendas de vestuario y calzado.
- Empresas de comercio electrónico.
- Bodegas y centros de distribución.
La mayor demanda suele concentrarse en Navidad, Fiestas Patrias, CyberDay, cambios de temporada y períodos de liquidaciones.
Turismo, hotelería y gastronomía
- Hoteles y hostales.
- Restaurantes.
- Cafeterías.
- Centros turísticos.
- Agencias de viajes.
- Centros de esquí.
- Servicios de temporada estival.
Estos sectores enfrentan fuertes variaciones según vacaciones, temporada de nieve, verano y fines de semana largos.
Agricultura y actividades de temporada
- Cosechas.
- Packing.
- Fruticultura.
- Vendimias.
- Empresas exportadoras.
- Procesamiento de productos agrícolas.
En estas actividades, la carga laboral puede concentrarse en pocas semanas del año.
Minería, industria y transporte
El informe menciona expresamente la posibilidad de aplicar estas reglas a jornadas especiales y excepcionales, incluyendo:
- Faenas mineras.
- Actividades forestales.
- Personal aeronáutico.
- Artistas y espectáculos.
- Transporte público.
- Centros de datos.
- Operaciones que funcionan de manera continua.
Pequeñas y medianas empresas
Las pymes con actividad estacional podrían usar el sistema para distribuir su dotación sin contratar personal adicional exclusivamente durante algunas semanas. No obstante, también enfrentarían mayores exigencias de control de asistencia, planificación de turnos y registro de compensaciones.
¿La empresa podría aplicarlo unilateralmente?
Por ahora, no existe una norma aprobada que permita implementar este sistema en los términos propuestos.
La eventual ley tendría que establecer claramente:
- Si será obligatorio contar con el acuerdo del trabajador.
- Si se requerirá negociación colectiva o participación sindical.
- Cuánto podrá durar el ciclo de cálculo.
- Cuántas semanas consecutivas podrán superar el promedio.
- Cómo se compensarán las horas trabajadas en exceso.
- Qué límites diarios y descansos deberán respetarse.
- Cómo se fiscalizará el registro de asistencia.
- Qué ocurrirá si el contrato termina antes de completar la compensación.
Mientras no exista una modificación legal, los empleadores deben continuar aplicando las reglas actuales.
¿Las horas sobre el promedio dejarían de ser extraordinarias?
Este será uno de los puntos más importantes de la discusión.
Bajo un sistema anualizado, una semana superior a 40 o 42 horas no necesariamente implicaría que todas las horas adicionales fueran inmediatamente extraordinarias, siempre que fueran compensadas dentro del ciclo autorizado. Sin embargo, cualquier trabajo que exceda los topes legales del sistema o que no sea compensado podría generar horas extraordinarias y los recargos correspondientes.
La propuesta mantiene como techo absoluto las 52 horas semanales, sumando jornada ordinaria y extraordinaria.
Principales argumentos a favor
Quienes respaldan la iniciativa sostienen que permitiría:
- Adaptar la jornada a temporadas altas y bajas.
- Reducir costos de contratación temporal.
- Evitar despidos durante períodos de menor actividad.
- Facilitar la continuidad operacional.
- Dar mayor flexibilidad a las pymes.
- Mejorar la capacidad de respuesta de industrias estacionales.
La Mesa señaló que el actual período chileno de cuatro semanas sería más restrictivo que los sistemas utilizados en varios países de la OCDE.
Principales críticas y riesgos
Los detractores advierten que la propuesta podría:
- Provocar semanas de sobrecarga y agotamiento.
- Dificultar la conciliación entre trabajo y vida familiar.
- Aumentar los riesgos de accidentes laborales.
- Transformar las horas extraordinarias en simples compensaciones futuras.
- Generar problemas para verificar que la rebaja posterior se cumpla efectivamente.
- Debilitar la finalidad original de la Ley de 40 Horas.
- Afectar especialmente a trabajadores con responsabilidades de cuidado.
También existe preocupación por lo que ocurriría si el trabajador fuera despedido, renunciara o terminara su contrato antes de recibir todos los descansos compensatorios.
¿Ya está vigente?
No.
Hasta ahora:
- Existe un informe técnico con 22 recomendaciones.
- El Gobierno anunció que estudiará y preparará modificaciones sobre el cálculo de la jornada.
- La iniciativa deberá transformarse en un proyecto de ley.
- Posteriormente tendrá que ser discutida y aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado.
- Solo después de su publicación en el Diario Oficial podría comenzar a aplicarse.
Por lo tanto, ninguna empresa puede comunicar actualmente que la jornada legal chilena aumentó automáticamente a 52 horas.
Conclusión
La discusión no consiste simplemente en reemplazar las 40 horas por una jornada de 52. Lo que se analiza es un sistema más flexible para distribuir las horas durante varios meses o incluso durante un año.
La diferencia es relevante: el promedio legal se mantendría, pero algunas semanas podrían ser considerablemente más extensas. Por esa razón, el debate legislativo deberá definir mecanismos estrictos de consentimiento, registro, descanso, compensación y fiscalización.
El verdadero impacto de la medida dependerá de cómo se redacte el futuro proyecto de ley y de las protecciones que se establezcan para evitar que una herramienta de flexibilidad empresarial termine convirtiéndose en una extensión habitual de la jornada laboral.
Dato clave: actualmente continúa vigente la jornada máxima de 42 horas semanales, dentro del proceso gradual que llegará a 40 horas en 2028. Las “52 horas” son una propuesta de distribución flexible y todavía no constituyen una ley vigente.
