Introducción

La Ley N.º 21.210, publicada el 24 de febrero de 2020, modernizó diversas materias del sistema tributario chileno. Entre sus principales cambios se encuentran las modificaciones introducidas al ciclo de vida del contribuyente, especialmente respecto de la obtención del Rol Único Tributario, el inicio de actividades, la actualización de antecedentes y el término de giro.

Estas modificaciones afectaron principalmente los artículos 66, 68 y 69 del Código Tributario, buscando digitalizar la relación entre los contribuyentes y el Servicio de Impuestos Internos, facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y permitir que los trámites puedan efectuarse, por regla general, de manera electrónica. Estas normas comenzaron a regir el 1 de junio de 2020.

El ciclo de vida del contribuyente comprende todas las etapas tributarias que atraviesa una persona natural, empresa u organización, desde que se incorpora formalmente al sistema tributario hasta que finaliza definitivamente sus actividades.


Contenido

1. ¿Qué es el ciclo de vida del contribuyente?

El ciclo de vida del contribuyente es el conjunto de trámites, derechos y obligaciones que debe cumplir una persona o empresa durante el desarrollo de una actividad económica.

El Servicio de Impuestos Internos identifica, en términos generales, las siguientes etapas:

  1. Obtención del RUT.
  2. Declaración de inicio de actividades.
  3. Cumplimiento de obligaciones tributarias.
  4. Solicitudes, avisos y modificaciones de información.
  5. Término de giro.

La Ley N.º 21.210 no creó completamente este ciclo, pero sí modernizó y digitalizó varios de sus procedimientos fundamentales.


2. Obtención del Rol Único Tributario

El Rol Único Tributario o RUT permite identificar al contribuyente ante el Servicio de Impuestos Internos y demás organismos públicos y privados.

Las personas naturales chilenas utilizan normalmente el mismo RUT de su cédula de identidad. En cambio, las sociedades, empresas, comunidades y otras entidades deben obtener un RUT propio.

La Ley N.º 21.210 modificó el artículo 66 del Código Tributario, estableciendo que la inscripción en el Rol Único Tributario debe efectuarse mediante la carpeta tributaria electrónica habilitada por el SII.

Ejemplo

Tres personas constituyen la empresa Servicios Industriales del Sur SpA.

Aunque los socios ya poseen sus RUT personales, la nueva sociedad debe obtener un RUT independiente, por ejemplo:

Servicios Industriales del Sur SpA
RUT: 77.XXX.XXX-X

Este número identificará a la empresa para emitir facturas, declarar impuestos, contratar trabajadores, realizar trámites bancarios y relacionarse con el SII.


3. Declaración de inicio de actividades

El inicio de actividades es la comunicación formal mediante la cual una persona o empresa informa al SII que comenzará a realizar actividades susceptibles de producir rentas o generar impuestos.

En esta declaración normalmente se informa:

  • Fecha de inicio de las operaciones.
  • Actividades económicas que se desarrollarán.
  • Domicilio tributario.
  • Sucursales, cuando corresponda.
  • Representantes legales.
  • Régimen tributario.
  • Capital y antecedentes de la empresa.
  • Documentos tributarios que se utilizarán.

La Ley N.º 21.210 estableció que el inicio de actividades debe efectuarse mediante un formulario virtual contenido en la carpeta tributaria electrónica. El contribuyente puede adjuntar los documentos requeridos y el SII debe efectuar las inscripciones correspondientes una vez revisada y aceptada la solicitud.

Ejemplo

María constituye una empresa dedicada a la instalación de paneles solares. Para iniciar formalmente sus operaciones debe informar al SII:

  • Actividad: instalación de sistemas eléctricos y solares.
  • Domicilio comercial.
  • Fecha de inicio.
  • Representante legal.
  • Capital inicial.
  • Régimen tributario aplicable.

Una vez aceptado el inicio de actividades, podrá emitir facturas electrónicas y cumplir sus declaraciones de impuestos.


4. Situación especial del empresario individual

La Ley N.º 21.210 estableció una obligación adicional para el empresario individual: informar los activos relevantes de su propiedad personal que sean incorporados al giro de la empresa.

Esto permite distinguir entre los bienes personales del contribuyente y aquellos que efectivamente utiliza en su actividad empresarial.

Ejemplo

Carlos desarrolla una actividad de transporte como empresario individual y destina a su negocio:

  • Un camión.
  • Una camioneta.
  • Herramientas.
  • Equipos de comunicación.

Estos bienes deben quedar adecuadamente incorporados e informados como activos de la actividad empresarial, cuando corresponda.

Su vivienda particular, muebles personales o vehículo familiar no deberían incorporarse al giro si no se utilizan en la actividad económica.


5. Cumplimiento de obligaciones tributarias

Una vez iniciado el ciclo tributario, el contribuyente debe cumplir las obligaciones correspondientes a su actividad y régimen tributario.

Entre ellas pueden encontrarse:

  • Emitir boletas, facturas y otros documentos tributarios.
  • Llevar contabilidad y registros tributarios.
  • Declarar y pagar IVA mediante el Formulario 29.
  • Efectuar pagos provisionales mensuales.
  • Presentar declaraciones juradas.
  • Presentar la declaración anual de renta.
  • Retener y enterar impuestos.
  • Mantener respaldos y documentación.
  • Cumplir obligaciones laborales y previsionales cuando tenga trabajadores.

Las obligaciones específicas dependerán del tipo de contribuyente, la actividad desarrollada y el régimen tributario en que se encuentre. Durante esta etapa también pueden existir revisiones, solicitudes de antecedentes o procedimientos de fiscalización del SII.

Ejemplo

Una empresa comercial acogida al régimen Pro Pyme General deberá, entre otras obligaciones:

  • Emitir facturas o boletas electrónicas.
  • Registrar sus compras y ventas.
  • Declarar mensualmente el IVA.
  • Pagar sus PPM.
  • Presentar las declaraciones juradas correspondientes.
  • Declarar el Impuesto a la Renta una vez al año.

Aunque en un determinado mes no tenga ventas, podría continuar obligada a presentar su declaración mensual sin movimiento mientras mantenga vigente su inicio de actividades.


6. Modificación y actualización de información

Durante el funcionamiento de una empresa pueden producirse cambios importantes. Estos deben ser comunicados al Servicio de Impuestos Internos mediante la carpeta tributaria electrónica.

La Ley N.º 21.210 exige informar, entre otras materias:

  • Cambio de domicilio.
  • Cambio o ampliación de actividad económica.
  • Modificación de representantes legales.
  • Modificaciones de capital.
  • Cambio de socios, accionistas o comuneros.
  • Acuerdos especiales de participación en utilidades.
  • Fusiones.
  • Divisiones.
  • Transformaciones de sociedades.
  • Conversión de empresario individual en sociedad.
  • Cambios de controladores, cuando corresponda.

Estas modificaciones deben comunicarse, por regla general, dentro de los dos meses siguientes a la modificación o desde su inscripción en el Registro de Comercio, cuando dicha inscripción resulte procedente.

Ejemplo 1: cambio de domicilio

Una empresa funcionaba en Santiago Centro y traslada sus oficinas a Quinta Normal.

No basta con modificar la dirección en las facturas o contratos. También debe actualizar su domicilio tributario ante el SII.

Ejemplo 2: aumento de capital

Una SpA aumenta su capital desde $5.000.000 a $25.000.000 para financiar nuevas instalaciones.

La empresa debe informar la modificación al SII dentro del plazo correspondiente, acompañando los antecedentes que respalden el aumento.

Ejemplo 3: cambio de representante legal

El representante legal de una sociedad renuncia y se designa a otra persona.

La sociedad debe actualizar esta información, especialmente porque el nuevo representante podría necesitar facultades para actuar ante el SII, firmar declaraciones y realizar trámites tributarios.


7. Disminuciones de capital

Antes de la Ley N.º 21.210 existía la obligación de solicitar autorización al SII para realizar determinadas disminuciones de capital.

La modernización tributaria eliminó esa autorización previa. Sin embargo, la disminución de capital debe ser informada al Servicio como una modificación de los antecedentes del contribuyente.

Por tanto, se eliminó el trámite de autorización, pero no la obligación de comunicar la modificación.

Ejemplo

Una sociedad disminuye su capital de $100.000.000 a $70.000.000 y devuelve parte de los aportes a los accionistas.

La sociedad ya no necesita pedir previamente autorización al SII solo por efectuar la disminución, pero debe:

  • Formalizar legalmente la modificación.
  • Informarla al SII.
  • Mantener los antecedentes de respaldo.
  • Analizar los posibles efectos tributarios de la devolución de capital.

8. Término de giro

El término de giro corresponde al cierre formal del ciclo de vida del contribuyente.

Debe realizarse cuando una persona natural o jurídica termina completamente su actividad comercial, industrial o profesional y deja de estar afecta a los impuestos asociados a esa actividad.

La Ley N.º 21.210 estableció que este trámite debe efectuarse mediante la carpeta tributaria electrónica. El contribuyente debe proporcionar:

  • Formulario de término de giro.
  • Balance final, cuando corresponda.
  • Antecedentes para determinar los impuestos.
  • Información sobre inventarios, activos y pasivos.
  • Declaraciones pendientes.
  • Documentación adicional requerida por el SII.

El aviso y el pago de los impuestos correspondientes deben efectuarse dentro de los dos meses siguientes al término de las actividades.

Ejemplo

Una empresa deja de operar el 30 de septiembre.

Para cerrar correctamente sus actividades debe:

  1. Emitir los documentos tributarios finales.
  2. Contabilizar las operaciones pendientes.
  3. Preparar un balance de término de giro.
  4. Determinar los impuestos adeudados.
  5. Presentar el término de giro dentro de los dos meses siguientes.
  6. Pagar los impuestos que correspondan.

El solo hecho de dejar de vender, cerrar el local o abandonar la actividad no implica que la empresa haya terminado formalmente su giro ante el SII.


9. Plazo del SII para revisar el término de giro

Una vez presentado el término de giro, el SII dispone, por regla general, de un plazo de seis meses para:

  • Revisar la declaración.
  • Determinar diferencias de impuestos.
  • Efectuar giros.
  • Solicitar aclaraciones.
  • Certificar el término de giro.

Si el Servicio no se pronuncia dentro del plazo legal, la declaración puede entenderse aceptada, salvo situaciones excepcionales, como la aparición de nuevos antecedentes o la existencia de una declaración maliciosamente falsa. Una vez aceptado definitivamente el término, el SII queda impedido de realizar nuevas revisiones sobre ese procedimiento, sin perjuicio de las excepciones legales.

Ejemplo

Una sociedad presenta su término de giro con todos los antecedentes el 15 de marzo.

El SII puede revisar:

  • Existencia de IVA pendiente.
  • Diferencias de renta.
  • Activos retirados por los socios.
  • Inventarios.
  • Créditos tributarios.
  • Declaraciones juradas pendientes.

Si existen diferencias, podrá citarlos, solicitar antecedentes o emitir los giros correspondientes dentro del procedimiento legal.


10. Término de giro de oficio

El SII también puede iniciar un procedimiento para declarar el término de giro cuando existan antecedentes que demuestren que el contribuyente dejó de operar, pero no realizó formalmente el trámite.

Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando:

  • No presenta declaraciones durante un período prolongado.
  • No registra operaciones.
  • No mantiene actividad económica real.
  • No responde a requerimientos.
  • Se comprueba que dejó de funcionar.

El término de giro de oficio no debe entenderse como una forma recomendada de cerrar una empresa. Lo correcto es que el contribuyente presente voluntariamente el término y regularice sus declaraciones, impuestos y antecedentes pendientes.


11. Excepciones al uso obligatorio de medios electrónicos

Aunque la regla general es efectuar los trámites mediante la carpeta tributaria electrónica, la legislación reconoce situaciones excepcionales.

Pueden realizarse presencialmente cuando la actividad se desarrolla en lugares:

  • Sin cobertura de datos móviles o fijos.
  • Sin acceso a energía eléctrica.
  • Declarados como zona de catástrofe.

En estas situaciones el contribuyente puede concurrir a las oficinas del SII o a los puntos de atención habilitados. La excepción afecta la forma de presentar el trámite, pero no elimina la obligación de realizarlo dentro del plazo legal.


12. Infracciones por incumplimiento

El retraso u omisión en la presentación del inicio de actividades o en la comunicación de modificaciones puede constituir una infracción tributaria sancionada conforme al artículo 97 N.º 1 del Código Tributario.

Por ello, el contribuyente debe mantener permanentemente actualizados sus antecedentes y no esperar una fiscalización para regularizar su situación.

Ejemplo

Una empresa cambia de domicilio y de representante legal, pero no informa al SII.

Además de dificultar la recepción de notificaciones y la realización de trámites, podría quedar expuesta a multas por no comunicar oportunamente las modificaciones.


Ejemplo completo del ciclo de vida de un contribuyente

Caso: Panadería El Trigal SpA

Etapa 1: constitución y obtención del RUT

Dos socios constituyen una SpA y obtienen el RUT de la sociedad.

Etapa 2: inicio de actividades

Informan al SII:

  • Elaboración y comercialización de productos de panadería.
  • Domicilio del establecimiento.
  • Capital.
  • Representante legal.
  • Fecha de inicio.
  • Régimen tributario.

Etapa 3: funcionamiento

La empresa comienza a:

  • Emitir boletas electrónicas.
  • Recibir facturas de proveedores.
  • Declarar IVA.
  • Pagar PPM.
  • Llevar contabilidad.
  • Presentar declaraciones juradas y renta anual.

Etapa 4: modificaciones

Después de dos años:

  • Abre una nueva sucursal.
  • Cambia de representante legal.
  • Aumenta su capital.
  • Incorpora una actividad de cafetería.

Cada cambio debe informarse al SII dentro de los plazos legales.

Etapa 5: término de giro

Cinco años después, los socios deciden cerrar definitivamente la empresa.

Para ello deben:

  • Terminar sus operaciones.
  • Pagar proveedores y trabajadores.
  • Preparar el balance final.
  • Determinar los impuestos.
  • Presentar el término de giro.
  • Pagar las diferencias tributarias.
  • Obtener la certificación del cierre.

Conclusión

El ciclo de vida del contribuyente representa la relación completa que mantiene una persona o empresa con el sistema tributario chileno, desde su incorporación hasta el cierre definitivo de sus actividades.

La Ley N.º 21.210 modernizó este proceso al establecer la carpeta tributaria electrónica como el principal medio para efectuar la inscripción en el RUT, declarar el inicio de actividades, actualizar información y presentar el término de giro.

La digitalización simplificó los procedimientos, pero también reforzó la responsabilidad del contribuyente de mantener sus antecedentes actualizados, presentar oportunamente sus declaraciones y comunicar cualquier cambio relevante. El hecho de que una empresa no tenga movimiento o deje de funcionar físicamente no elimina sus obligaciones: estas permanecen vigentes hasta que se presenta y acepta formalmente el término de giro.