Pregunta
Soy ciudadana ecuatoriana y en el Servicio Nacional de Migraciones me informaron que debo pagar dos multas: una por exceder el plazo de permanencia como turista y otra por haber trabajado mediante un contrato sin contar con la autorización migratoria correspondiente.
También me indicaron que debo salir de Chile y solicitar mi Residencia Temporal desde el extranjero.
Si pago las multas, salgo del país y presento la solicitud, ¿puedo volver a ingresar como turista mientras espero la respuesta y salir nuevamente antes de que venza mi permanencia?
Respuesta
El pago de las multas migratorias permite regularizar las infracciones cometidas, pero no garantiza automáticamente que la persona pueda volver a ingresar a Chile como turista.
En este caso, las multas probablemente corresponden a dos infracciones diferentes:
- Haber permanecido en Chile después del vencimiento de la Permanencia Transitoria.
- Haber desarrollado actividades remuneradas sin estar habilitada o autorizada para trabajar.
Es importante aclarar que la segunda infracción no se produce simplemente por firmar un contrato de trabajo, sino por haber trabajado sin contar con el permiso migratorio correspondiente.
Pago y regularización de las multas
Las infracciones deben declararse mediante el trámite de Declaración de infracción y cálculo de multa del Servicio Nacional de Migraciones.
Cuando la persona declara voluntariamente su infracción, puede acceder a una rebaja del 50% del valor de la multa.
Después de realizar el pago, debe:
- Regresar al Portal de Trámites Digitales.
- Finalizar correctamente cada procedimiento.
- Descargar el comprobante de pago.
- Descargar la Resolución Exenta correspondiente.
- Conservar todos los documentos para presentarlos al salir del país o utilizarlos en futuras gestiones migratorias.
Las multas pendientes pueden provocar la suspensión de otros trámites migratorios. SERMIG también señala que las multas deben encontrarse pagadas antes de abandonar Chile.
Declaración de infracción y cálculo de multa
Portal de Trámites Digitales de SERMIG
Salida de Chile y solicitud desde el extranjero
Una vez pagadas y finalizadas las multas, la persona deberá salir de Chile por un paso fronterizo habilitado.
Si desea establecerse en Chile para trabajar, deberá presentar desde el extranjero una solicitud de Residencia Temporal para desarrollar actividades lícitas remuneradas.
Esta solicitud se encuentra disponible solamente desde el exterior y se realiza en el Portal de Trámites Digitales de SERMIG.
Entre los documentos que podrían solicitarse se encuentran:
- Pasaporte vigente.
- Certificado de antecedentes penales debidamente apostillado o legalizado.
- Fotografía reciente.
- Contrato u oferta formal de trabajo.
- Documentación del empleador.
- Acreditación de representación legal de quien firma el contrato.
- Carpeta tributaria o antecedentes económicos del empleador.
- Otros documentos solicitados según el tipo de contratación.
Residencia Temporal para desarrollar actividades lícitas remuneradas
¿Puede volver a ingresar como turista mientras espera?
En principio, después de salir de Chile, la ciudadana ecuatoriana podría presentarse nuevamente en la frontera y solicitar el ingreso como titular de Permanencia Transitoria. Sin embargo, esto no significa que su entrada esté asegurada.
El ingreso será evaluado por la autoridad migratoria en el momento del control fronterizo. Podría ser rechazado si:
- Existe una prohibición de ingreso vigente.
- Se ha dictado una orden de expulsión.
- Existen infracciones o procedimientos migratorios pendientes.
- No se acredita adecuadamente el propósito turístico del viaje.
- La autoridad considera que la verdadera intención es residir o trabajar en Chile.
- No se acreditan medios económicos, alojamiento o condiciones suficientes para la estadía.
- Se presentan antecedentes contradictorios sobre el motivo del viaje.
La Permanencia Transitoria está destinada a personas que ingresan temporalmente por turismo, visitas, negocios u otros motivos similares, sin intención de establecerse en Chile.
Por esta razón, regresar inmediatamente como turista para permanecer en Chile mientras se espera la aprobación de una residencia laboral podría generar cuestionamientos en la frontera, especialmente si la persona anteriormente excedió su estadía y trabajó sin autorización.
Permanencia Transitoria en Chile
¿Puede trabajar mientras se encuentra como turista?
No. Las personas que ingresan como titulares de Permanencia Transitoria no se encuentran autorizadas para desarrollar actividades remuneradas.
Excepcionalmente, SERMIG puede conceder una autorización para actividades específicas y esporádicas, por ejemplo, para conferencistas, deportistas, asesores, técnicos expertos o integrantes de espectáculos públicos. Esta autorización excepcional no está destinada a reemplazar una residencia laboral común.
Autorización de trabajo para titulares de Permanencia Transitoria
¿Qué sucede si vuelve a ingresar como turista?
Si la autoridad permite su ingreso, deberá:
- Cumplir estrictamente el plazo señalado en su Tarjeta Única Migratoria.
- No realizar actividades remuneradas sin autorización.
- Salir de Chile antes del vencimiento de su permanencia.
- Solicitar oportunamente una prórroga si cumple los requisitos y necesita extender su estadía.
- Mantener actualizados sus datos de contacto para recibir las notificaciones de SERMIG.
- Responder dentro del plazo cualquier solicitud de documentación adicional.
La Permanencia Transitoria normalmente permite permanecer hasta 90 días y puede prorrogarse una sola vez por un máximo de otros 90 días. El plazo concreto será el que indique la Tarjeta Única Migratoria entregada al ingresar.
Prórroga de Permanencia Transitoria
Ingreso de ciudadanos ecuatorianos
Según la información oficial de la representación de Chile en Ecuador, los ciudadanos ecuatorianos pueden ingresar a Chile presentando:
- Pasaporte con una vigencia mínima de seis meses; o
- Cédula de identidad vigente.
Sin embargo, para solicitar una Residencia Temporal por actividades remuneradas se exige pasaporte vigente.
El documento de viaje habilita a la persona para presentarse en la frontera, pero no garantiza su admisión. La decisión final corresponde a la autoridad encargada del control migratorio.
Información oficial para ciudadanos ecuatorianos
Aprobación de la Residencia Temporal
La alternativa más segura es permanecer en el extranjero hasta que SERMIG resuelva la solicitud.
Si la Residencia Temporal es aprobada:
- La persona recibirá la resolución correspondiente.
- Tendrá 120 días hábiles para descargar el Estampado Electrónico.
- Después de descargarlo, tendrá 90 días corridos para ingresar a Chile.
- La vigencia de la residencia comenzará desde la fecha de ingreso al país.
- Una vez activado el Estampado Electrónico, deberá solicitar oportunamente su cédula de identidad para extranjeros.
Etapas de la Residencia Temporal solicitada desde el extranjero
Recomendación final
Pagar las multas y salir de Chile no otorga un derecho automático a volver a ingresar como turista. La persona puede presentarse en la frontera y solicitar la entrada, pero la autoridad migratoria evaluará nuevamente sus antecedentes y podrá autorizar o rechazar el ingreso.
Considerando que SERMIG ya le indicó que debe salir y efectuar el procedimiento desde el extranjero, la recomendación más segura es permanecer fuera de Chile hasta obtener la aprobación de la Residencia Temporal y su Estampado Electrónico.
Antes de comprar pasajes, también es aconsejable solicitar una respuesta escrita a SERMIG, indicando los números de las resoluciones de multa y preguntando expresamente si existe una prohibición, orden de expulsión o impedimento de reingreso.
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